Administración financiera

¿Qué es un embargo y por cuánto dinero me pueden incautar?

El mito de por cuánto dinero te pueden embargar

Adquirir un crédito o préstamo, ya sea con una entidad financiera, un banco, una tienda o una persona, conlleva una responsabilidad y el compromiso para devolver el dinero en el plazo y condiciones establecidas.

De lo contrario, enfrentaremos severas consecuencias que podrían afectar nuestra estabilidad financiera, como un mal historial crediticio, insistentes llamadas y visitas personales por parte de los despachos de cobranza y, la más temida de todas, el embargo de nuestros bienes.

Sobre este último tema hay una gran cantidad de dudas, respecto a cómo procede un embargo y cuál es el monto de dinero que es necesario deber para ser acreedor a un embargo.

¿Qué es un embargo?

Un embargo consiste en la retención de los bienes muebles o inmuebles de una persona, física o moral, para saldar el pago de deudas que han caído en mora.

De acuerdo con la legislación mexicana, las instituciones financieras o empresas que otorgan créditos tienen derecho a recurrir al embargo para reclamar el pago de una deuda que no haya sido cubierta conforme a lo establecido en un contrato.

Sin embargo, los embargos son, generalmente, la última opción de las entidades financieras para recuperar su dinero, pues antes de la vía judicial pondrán en marcha otras acciones para tratar de llegar a un acuerdo con el deudor, a fin de que les sea más fácil liquidar su deuda.

Pero, si hacerlo por el lado amable no funciona, entonces iniciarán un proceso legal contra el deudor, lo que podría resultar en el embargo de sus bienes.

En México existen dos tipos de embargo:

  • Preventivo- Se da cuando un juez civil prohíbe que el deudor disponga libremente de sus bienes o los venda; esto hasta que el juicio se resuelva.
  • Ejecutivo- en este tipo de embargo, el juez ordena la incautación de los bienes del deudor para liquidar la deuda.

¿Cómo y cuándo procede un embargo?

Antes de asustarte y pensar en que alguien puede embargar todas tus cosas, debes saber que esto conlleva un proceso tardado, complicado y que no sucede con frecuencia.

Para llegar al embargo de bienes, el deudor debe tener más de 120 días de atraso en el pago de algún crédito o préstamo; así como no mostrar intenciones de liquidar el adeudo o llegar a un acuerdo de pago con su acreedor.

En este punto, la institución acreedora tendrá el derecho de recurrir a la vía judicial e interponer una demanda mercantil contra el deudor, de manera que sea un juez especializado en la materia quien determine si el embargo procede o no.

Cabe mencionar que el embargo únicamente procederá y será legal después de que se haya llevado a cabo un juicio en el que se analice el caso y se determine si es la mejor alternativa para la entidad financiera. 

Además, el deudor deberá ser notificado sobre el proceso que se lleva a cabo en su contra, mediante un expediente que contenga la siguiente información:

  • Juzgado donde radica el asunto
  • Datos del demandante
  • Causa de la demanda

Recuerda que solo un juez especializado puede girar ordenen de embargo, por lo que ninguna entidad financiera o despacho de cobranza tiene la facultad de llevar a cabo este proceso ni amenazarte con hacerlo. 

¿Cuánto dinero me pueden embargar?

Con respecto a la incógnita de cuál es el monto que tienes que deber para que te embarguen, la respuesta es cualquier cantidad; es decir, no hay un monto mínimo ni un máximo para que las entidades financieras recurran al embargo.

No obstante, dependerá mucho del monto al que ascienda tu deuda el que tu acreedor decida iniciar un proceso legal, pues esto le traerá gastos considerables. 

En este sentido, si tienes una deuda de menos de 20,000 pesos con un atraso de seis meses, por ejemplo, tu acreedor optará por tratar de llegar a un acuerdo contigo ofreciéndote diversas alternativas para el pago de la deuda, y es muy poco probable que te demande.

Pero, si debes 50,000 pesos o más, aunque también intentará llegar a un acuerdo contigo, es mucho más probable que el caso termine en un juicio mercantil y, por consiguiente, en un embargo.

¿Que sí y que no me pueden embargar?

Las instituciones financieras tienen derecho de solicitar el embargo de los bienes muebles e inmuebles equivalentes al saldo pendiente de la deuda, pero no todos los bienes son embargables. 

Estos son los que sí se pueden decomisar:

  • Casas, departamentos, terrenos y otros inmuebles
  • Automóviles
  • Muebles
  • Electrodomésticos
  • Joyas
  • Arte
  • Salarios y pensiones, pero solo una fracción de ellos

Por otro lado, estos son los bienes que no se pueden embargar, no importa el monto de la deuda: 

  • Bienes esenciales y de uso cotidiano como alimentos, ropa, accesorios, etcétera
  • Instrumentos necesarios para llevar a cabo un trabajo o profesión
  • Artículos religiosos
  • Ahorros para la jubilación o pensión del deudor
  • Bienes heredados o donados
  • Pólizas de seguros

Los bienes muebles que sean incautados permanecerán en el juzgado hasta que se ejecute la sentencia; mientras que los bienes inmuebles serán registrados como embargados para evitar su venta.

¿Cómo puedo evitar que me embarguen?

Lo más obvio para evitar un embargo sería que te mantuvieras al corriente con los pagos de tus créditos, pero sabemos que esto no siempre es posible, y no porque no quieras pagar, sino porque es común que se presenten situaciones imprevistas que afecten tus finanzas.

En estos casos, lo más recomendable es acercarte a una reparadora de crédito, que se encargará de negociar con tu acreedor para obtener facilidades de pago. Además de que este tipo de empresas, como Resuelve tu Deuda, te ayudarán a crear un plan de ahorro para liquidar tus cuentas con tus propios recursos.