Cuando adquirimos un crédito, de cualquier tipo, es necesario firmar un contrato en donde nuestro acreedor estipula las condiciones del préstamo, como el monto total, la tasa de interés, el plazo de amortización, el monto de las mensualidades, etcétera.
Asimismo, en este documento, se detallan las consecuencias que habremos de enfrentar si, por alguna razón, dejamos de pagar el crédito, las cuales podrían afectar nuestra estabilidad financiera y limitar nuestra capacidad para acceder a otro financiamiento en el futuro.
Una de estas consecuencias es la cobranza judicial, que es la más temida de todas, pues implica involucrar a las autoridades, para que sean ellas quienes obliguen al deudor a pagar su deuda.
¿Qué pasa si dejo de pagar mi crédito?
Ya sea porque lo olvidaste, porque no puedes, o simplemente no quieres continuar pagando tu crédito, y ya llevas más de 90 días de atraso en tus pagos, la institución acreedora, sea un banco o financiera, pondrá en marcha una serie de estrategias para tratar de recuperar su dinero:
- Lo primero que pasará es que tu deuda seguirá aumentando mes a mes debido a los intereses moratorios.
- Además, si se trata de una tarjeta de crédito, el banco la bloqueará para evitar que hagas nuevas compras y la deuda siga creciendo aún más.
- Asimismo, algunas instituciones tratarán de localizarte para negociar tu deuda y llegar a un acuerdo de pago conveniente para ambas partes. Esto mediante su área de cobranza, que tratará de localizarte por medio de llamadas telefónicas, correos, mensajes y hasta visitas a tu domicilio.
- De igual manera, la institución acreedora dará aviso de tu situación al Buró de Crédito, lo que afectará de manera negativa tu historial y te impedirá acceder a otro financiamiento en el futuro.
- Finalmente, si tras agotar las medidas anteriores tu acreedor no obtiene el pago de la deuda, recurrirá a la vía judicial. Esto significa que te demandará y llevará el caso ante un juez, quien podría ordenar el embargo de tus bienes o salario.
¿Qué tipos de cobranza existen?
Existen cuatro tipos de cobranza, que entran en acción dependiendo del tiempo de atraso que tengas en los pagos de tu crédito:
- Cobranza preventiva. Se trata de los mensajes, correos o alertas que los bancos o financieras envían a sus clientes para recordarles las fechas de pago de sus créditos para evitar demoras.
- Cobranza administrativa. Este tipo de cobranza se da cuando tenemos entre 1 y 30 días de atraso en los pagos de un crédito. En este periodo, el área de finanzas de la entidad acreedora se encarga de recordar a sus clientes el pago de sus créditos mediante canales digitales.
- Cobranza extrajudicial. Ésta comienza a partir de los 30 días de retraso en los pagos, y, generalmente, abarca hasta los 90 días. En ese tiempo, el acreedor comenzará a tratar de localizar al deudor de una manera más insistente, ya sea por medio de su propia área de cobranza o contratando a un despacho externo.
- Cobranza judicial. Finalmente, si tras agotar las etapas anteriores el deudor continúa sin realizar el pago y ya acumula más de 90 días de atraso, como último recurso la institución acreedora buscará recuperar su dinero mediante un proceso judicial.
¿Qué es la cobranza judicial?
Como su nombre lo indica, la cobranza judicial es un proceso mediante el cual la institución acreedora busca recuperar el dinero que prestó a través de un juicio de cobranza.
Si una deuda ya tiene más de 90 días de atraso, el acreedor tiene el derecho de demandar al deudor para iniciar un proceso judicial, para que las autoridades correspondientes se encarguen de exigir el pago de la deuda, o bien, ordenen el embargo de los bienes o salario del deudor.
¿Qué pasa si mi deuda llega a cobranza judicial?
Si bien recurrir a la vía legal es un derecho de las instituciones acreedoras, esto no sucede con frecuencia, pues conlleva un proceso largo y complicado:
- Lo primero es que el acreedor emita una demanda contra el deudor
- Lo siguiente es que se lleve a cabo un juicio mercantil donde un juez especializado emita un fallo
- Si el juicio se resuelve a favor del acreedor, la cobranza judicial se hace efectiva y se emite el comunicado de la corte
- El deudor deberá pagar su adeudo en los plazos establecidos por la corte, o bien acatar la orden de embargo de sus bienes
Cabe mencionar que el caso también se puede llegar a desestimar si el deudor comprueba que no pudo pagar su deuda por alguna situación.
¿Qué hacer ante una demanda judicial por deuda?
Como ya vimos, la cobranza judicial es la última alternativa que tienen los bancos y financieras para recuperar su dinero y no sucede con frecuencia. Por ello, existen muchas maneras de evitar que tu deuda escale hasta este punto.
Si te encuentras en una situación económica complicada, y se te dificulta pagar tu crédito, lo mejor es que te acerques a tu acreedor para que vea que tienes la intención de pagarle y no recurra a la vía judicial. Y esto no necesariamente implica pedir otro préstamo, pues así solo crearías un círculo vicioso del que te será muy difícil salir.
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