Deudas

¿Pueden embargar si la persona no vive en el domicilio?

En caso de que la persona se encuentre ausente para ejecutar el embargo, el interventor tiene derecho a utilizar la fuerza pública. El embargo de bienes puede ejecutarse sin presencia del dueño. Y los objetos a secuestrar son los que permite la ley en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Sin embargo, la orden de embargo deberá dictarla un juez civil, por lo que se le debe notificar la hora, fecha y lugar del secuestro. La dirección a embargar es la que esté registrada ante la autoridad, si la persona no vive en el domicilio o se cambió de hogar este cambio debe ser notificado al juez para proceder al embargo. 

Si el dueño del domicilio  tiene temor de que procedan contra sus bienes, debe notificar a la autoridad correspondiente o comprobar que los bienes que están dentro del hogar a embargar son propiedad de él y no de la persona que tiene la deuda pendiente. El ejecutante del embargo no podrá secuestrar los bienes de otra persona que no sea el deudor.

Un embargo de bienes se da cuando el banco entra a tu hogar para llevarse los bienes embargables permitidos por la ley, para rematarlos y con eso cubrir la deuda pendiente con la institución bancaria o financiera. Por lo que es un derecho que tiene el acreedor para recuperar lo prestado. 

Si bien los acreedores pueden solicitar un embargo para recuperar algún crédito, dependerá de cada institución, y sus criterios para evaluar los casos, si deciden hacer efectivo la opción y entablar un juicio de embargo. 

No pierdas de vista que antes de recurrir a la figura del embargo, las instituciones buscarán agotar todas las opciones de mediación para saldar la deuda. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, entonces sí, la entidad financiera evaluaría emprender las acciones correspondientes.

el embargo es un derecho al que pueden recurrir los acreedores para reclamar el pago de una deuda que no ha sido cubierta en tiempo y forma. Y dentro de este universo, los préstamos personales se encuentran inmersos. Por lo que sí, si dejas de pagar un crédito personal, la institución que te otorgó el financiamiento podría solicitar la retención de tus bienes para saldar la deuda. 

¿Cómo saber si hay un embargo en mi contra? 

En primer orden, debes tener en cuenta que un embargo se deriva de la resolución de un juez. Por ello, para llegar a este punto, el acreedor primero deberá interponer una demanda, y en caso de ser aceptada, un actuario designado por la autoridad será el encargado de notificarte sobre el caso. 

No pierdas de vista este elemento, porque se han presentado casos de malas prácticas por parte de algunos Despachos de Cobranza, en los que se amenaza con embargo, o en ocasiones, notifican que el embargo ya está girado para reclamar el pago. No obstante, ellos no tienen la facultad para emprender una acción de este tipo.

Como seguro sabrás, algunos bancos o tiendas departamentales encomiendan a despachos de cobranza el dar seguimiento al cobro de las deudas. A pesar de ello, éstos deben actuar conforme a la ley y evitar amedrentar para exigir el pago del crédito. 

Cabe señalar que, en ocasiones, las instituciones venden la cartera vencida, es decir, los créditos que han caído en impago. En este tipo de casos hay que estar muy atentos, pues se da particularmente con crédito pequeños, por lo que, de ser el caso, ya no le deberías a la institución con la que solicitaste el crédito, sino con el despacho que adquirió la deuda.

¿Qué hacer si tengo una demanda de embargo?

Lo importante es reconocer que existe una situación de deuda que se ha salido de las manos y partir de ahí para encontrar soluciones óptimas. Cerrar los ojos y dejar que el tema avance no es bueno, pues puede derivar en eventos como el perder tus pertenencias.

Una de las recomendaciones más citadas es buscar la negociación con el acreedor a través de una reparadora de crédito y evitar llegar a instancias en donde se involucre a la autoridad. El actuar de este tipo de aliados es fundamental, pues abren la venta de oportunidad para establecer convenios con las instituciones a las que les debemos, disminuir las deudas, y ayudar a liquidarlas sin pedir más préstamos.

Las reparadoras de crédito son empresas especializadas en la negociación con los acreedores. Cobran por sus servicios. Esos honorarios deben quedar especificados en el contrato que se firma con ellos y el contratante debe tener claro de que se trata de un monto o comisión que le cederá por  servicios de administración, gestión, asesoría y negociación.

Los candidatos ideales para acudir a una reparadora de crédito son aquellas personas que ya están en una situación de impago y están en Buró de Crédito. Acudir a una cita con una reparadora, les ayudará a aclarar sus dudas y tomar la mejor decisión.

Entender el modelo de negocio de estas empresas es abrirse una ventana para resolver una situación de impago, pues las reparadoras identifican una oportunidad de rehabilitación financiera a través del ahorro que se realice de manera disciplinada. Es un sistema que enseña al deudor a manejar sus finanzas personales y caer nuevamente en el predicamento de la  mora.