¿Has escuchado del Seguro de Desempleo o del Retiro de Ahorro Voluntario en tu Afore como medidas para mitigar el quedarse sin trabajo? Aun cuando hay situaciones en la vida que se pueden prever, nadie está exento de perder la estabilidad financiera que brinda un ingreso fijo. Siendo así, no está de más informarnos sobre las alternativas que tenemos para enfrentar una situación de tal magnitud.
Lo primero que debes saber es que, si solicitas el Seguro de Desempleo, no te descuentan de tu Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORE), ya que son independientes uno del otro. Los recursos del primero provienen de los impuestos que pagamos todos los contribuyentes y no de las cuentas individuales del fondo de ahorro para el retiro que tenemos como trabajadores.
Vamos con la primera alternativa
Seguro de Desempleo, lo que debes saber
De acuerdo con el Artículo 11 (Capítulo II) que establece la Ley de Protección y Fomento al Empleo, el derecho a los beneficios del Seguro de Desempleo es de carácter personal e intransferible y podrá otorgarse a aquellas personas desempleadas que cumplan los siguientes requisitos:
- Sean mayores de 18 años.
- Residan en la Ciudad de México.
- Hayan laborado previamente a la pérdida del empleo, para una persona moral o física, con domicilio fiscal en la Ciudad de México, al menos durante seis meses.
- No perciban otros ingresos económicos por concepto de jubilación, pensión, subsidio o relación laboral diversa.
- Se encuentren inscritas en las oficinas de empleo ya sea de manera directa en la Secretaría o en su caso en las Delegaciones.
- Sean demandantes activas de empleo.
- Cumplan con el resto de los requisitos establecidos en esta Ley y demás disposiciones reglamentarias aplicables.
De acuerdo con la información pública de la dependencia capitalina, una vez que el solicitante hace la petición del Seguro de Desempleo, cumple con los puntos antes mencionados y aparece en la lista de aprobados, debe recoger en un punto establecido según su localidad, la tarjeta bancaria en la cual recibirá mes a mes dicho apoyo.
Si un día eres acreedor a este beneficio, debes saber que el primer depósito que recibas tendrá lugar una a dos semanas después de recibir tu tarjeta bancaria, mientras que el resto de los depósitos se realizarán a mes vencido.
Es importante mencionar que todos los depósitos que percibas dependen de la disponibilidad presupuestal y que sólo puedes gozar de dicho beneficio durante 6 meses una vez cada dos años, siempre y cuando hayas tenido un empleo formal durante un semestre después de haber recibido tu último apoyo.
¿Qué onda con el Retiro de Ahorro Voluntario en tu Afore?
En caso de que hayas hecho válido tu Seguro de Desempleo y aún necesites capital, debes saber que existen opciones como el Retiro de Ahorro Voluntario. Es decir, la disposición de una parte de los recursos que se encuentran en tu cuenta individual según la AFORE en la cuál estés inscrito.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), éste es un trámite mediante el cual el trabajador retira de manera parcial o total los recursos depositados en la subcuenta de Aportaciones Voluntarias de la cuenta de ahorro para el retiro.
¿Qué necesitas para hacerlo válido?
- Estar registrado en una AFORE.
- Que el periodo transcurrido entre la fecha del primer depósito o el último retiro y la fecha de la solicitud sea conforme al plazo seleccionado (dependiendo de la AFORE).
- Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado que será generado por la AFORE con información del trabajador, identificación oficial y un comprobante de domicilio.
Una vez que cumplas con los puntos anteriores, lo que tienes que hacer es acudir a cualquier sucursal de la AFORE que administra tu cuenta individual y presentar tu solicitud de disposición de recursos debidamente llenada y firmada. Recuerda que este documento será proporcionado por tu administradora de fondos.
No olvides llevar un Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro como trabajador, un reporte financiero bancario así como una identificación oficial si es que un día realizas cualquiera de estos trámites. Recuerda que siempre hay una solución a los problemas financieros.
Deudas por desempleo
De acuerdo con información de Resuelve tu Deuda, el desempleo es la tercera causa de deudas en créditos, lo que nos muestra las consecuencias a las que puede llegar perder nuestra fuente de ingresos. A pesar de que el Seguro de Desempleo o el Retiro del Ahorro Voluntario en tu AFORE, o incluso aprovechar tu fondo de emergencia, sean medidas temporales, nada mejor que conseguir ingresos en otra parte y así evitar subsistir con el uso de las tarjetas de crédito.
Considera que, si una persona adquiere deudas sin contar con una fuente de ingresos, para el momento en que obtenga un nuevo empleo, sus obligaciones se habrán multiplicado. Por ello, una vez que ya contamos con un salario, lo primero que debemos hacer es liquidar nuestros créditos atrasados y para ello nada mejor que la asesoría de expertos. De esa manera lograremos dar los primeros pasos hacia la estabilidad financiera.