Abril es el mes en que las personas físicas deben presentar la Declaración Anual. Sin embargo, aún existen algunas dudas sobre quiénes están obligadas a hacerlo de acuerdo con el régimen en el que tributan. También, hay otros que se olvidan por completo de sus obligaciones fiscales, pues piensan que por ser asalariados ya no deben preocuparse. Esto, además de ser incorrecto, puede provocar multas o requerimiento del fisco para que se pongan al corriente.
Si tú aún no tienes claro cómo debes proceder, el primer paso es entender la importancia de este documento y luego averiguar si te corresponde presentarlo de manera obligatoria.
¿Qué es la Declaración Anual?
La Declaración Anual es un documento en el que se informa al Sistema de Administración Tributaria (SAT) los ingresos obtenidos en el ejercicio anterior, así como las deducciones personales por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), las personas morales deben presentar su Declaración Anual en marzo del año siguiente al ejercicio que están informando. En cambio, las personas físicas lo harán durante abril.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual?
A excepción de quienes sólo se encuentran dadas de alta bajo el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el resto de las personas físicas pueden declarar, informar de sus deducciones personales y, en caso de que aplique, obtener una devolución o compensación.
Además, dependiendo de las condiciones por las que obtuviste tus ingresos, podría ser obligatorio para ti presentar la Declaración Anual, aunque el régimen en el que te encuentres tributando generalmente no te pida hacerlo. Así es, existen condiciones específicas que hay que conocer para cumplir con nuestras responsabilidades.
Por lo tanto, tendrás que preparar tu documento en abril si obtuviste ingresos por:
- Honorarios o prestar servicios profesionales y te encuentres en dicho régimen.
- Rentar bienes inmuebles como departamento, casa o local comercial.
- Realizar actividades empresariales, excepto quienes se ubican bajo el Régimen de Incorporación Fiscal, siempre y cuando no hayas optado por hacer pagos provisionales bimestrales aplicando coeficiente de utilidad.
- Por vender o comprar algún bien inmueble.
- Otros ingresos como: deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, inversiones en el extranjero, intereses moratorios o por penas convencionales.
Incluso, si no percibiste ingresos durante el año, pero te encuentras inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) por alguno de los conceptos mencionados, debes presentar tu Declaración Anual en ceros. También estarás obligado a informar sobre préstamos, donativos y premios obtenidos en el año, siempre que estos, en particular o en conjunto, excedan de 600 mil pesos.
¿Los asalariados deben presentar la Declaración Anual?
Mucha gente piensa que si sus patrones hacen la retención de impuestos, entonces ellos ya no deben preocuparse por sus obligaciones fiscales. Esto no es correcto, ya que existen situaciones bajo las cuales un asalariado está obligado a presentar su Declaración Anual y si tu te encuentras en alguno de los siguientes casos, entonces deberás hacerlo:
- Obtuviste ingresos superiores a 400 mil pesos. Excepto si fue por un solo patrón y que éste haya emitido los comprobantes fiscales correspondientes.
- Dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Recibiste ingresos de dos o más patrones.
- Además de salarios, obtuviste otros ingresos acumulables como: honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, etc.
- Percibiste ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como en los Organismos Internacionales.
- Recibiste dinero por jubilación o indemnización.
- Si obtuviste ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.
- Si aparte de tu salario, percibiste ganancias por intereses nominales que sumaron más de 20 mil pesos en el año.
¿Quiénes no están obligados a presentar la Declaración Anual?
Aunque todas las personas físicas pueden realizar este documento, existen ciertas condiciones bajo las cuales podrías evitar la obligación, esto es:
- Cuando hayas obtenido ingresos de un único patrón y éste haya emitido el comprobante de nómina por la totalidad de los pagos, incluso si la suma fue superior a 400 mil pesos.
- Si aparte de tu salario, conseguiste ingresos por intereses nominales y estos no excedieron de 20 mil pesos en total.
No obstante, se invita a que cualquier persona en estas circunstancias presente su declaración durante el año, si deseas conseguir la devolución correspondiente a sus deducciones personales.
Por último…
Como ves, cualquier régimen y condición de obtención de nuestro dinero está sujeto a distintas obligaciones fiscales que debemos conocer para evitar adquirir multas por incumplimiento. Así que una buena estrategia financiera no puede dejar de lado esta responsabilidad pues podría generar un impacto negativo en tu economía.
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