Una de las grandes dudas que existe entre los mexicanos tiene que ver con el destino de las deudas de una persona que fallece. Sobre todo, existe la incógnita si después de la muerte, alguien se tiene que hacer cargo de liquidar los préstamos o créditos adquiridos en vida; o si, en su defecto, estos terminan con el fallecimiento.
Sobre el tema, hay algunos puntos que se deben tomar en cuenta. Por ejemplo, la legislación mexicana reconoce que quien es beneficiario de una herencia, también se puede convertir en el responsable de liquidar las deudas que dejó el testador. Pero, si no hay herencia, ¿se heredan las deudas?
¿Se pueden heredar las deudas?
Es importante decir que hoy en día, una gran cantidad de productos financieros cuentan con seguros de vida, mismos que al momento del fallecimiento del titular de la deuda, entran en operación y cubren cualquier saldo restante. Con ello, las familias quedan protegidas y libres de tener que saldar cualquier adeudo.
No obstante, en caso de que ciertos créditos o préstamos no cuenten con esta protección, sí existe la posibilidad que un familiar tenga que hacerse cargo. Y es que, con la muerte no todas las deudas terminan en automático.
Por ejemplo, hoy en día, esquemas crediticios como las hipotecas cuentan con un seguro de vida que, en el caso de fallecer el titular, liquidan el saldo restante que quede pendiente de la deuda. Caso similar se presenta en productos como créditos automotrices y tarjetas de crédito; aunque en este último ejemplo, se deben cumplir con ciertas condiciones para que aplique la póliza, como el hecho de ir al corriente con el pagos, no registrar más de tres meses de atraso, incluso no ocupar el plástico o alguno de sus adicionales tras la muerte del titular.
Ahora bien, en caso que una deuda no se extinga con la muerte, ¿quién es el responsable de pagarla?
¿Quiénes heredan las deudas de un difunto?
De acuerdo con la información de Condusef, el hecho de ser familiar directo de una persona que muere, no convierte en automático al individuo en el responsable de pagar determinadas deudas que dejó el fallecido.
Sin embargo, la misma institución señaló que en algunos casos, familiares o amigos sí pueden ser responsables de liquidar determinadas deudas. Por ejemplo, señala que existen casos en los que el cónyuge debe responder por los saldos pendientes que se dejaron.
Por otro lado, destaca que una persona es responsable de pagar la deuda de un fallecido cuando se cumple con alguno de los siguientes supuestos:
- Si la persona es albacea o responsable legal de liquidar la herencia, pero no se cumplieron con ciertas disposiciones.
- Si el individuo es obligado solidario de la deuda y firmó como aval o fiador.
- Si la persona firmó como corresponsable de pagar determinada deuda. Aunque, cabe destacar que en casos como los crédito hipotecarios mancomunados o coacreditados que sí tienen seguro de vida, la póliza puede cubrir el saldo del crédito que correspondía al difunto, y el coacreditado solo se preocupa de pagar su parte del financiamiento; o en su defecto, puede que en casos de créditos mancomunado cubran todo el crédito.
¿Cómo se puede evitar el heredar deudas a un familiar?
La mejor opción para evitar dolores de cabeza tras la muerte es optar por la cultura de la prevención. Por ello, por ejemplo, es prudente dejar a una persona designada toda la información relacionada con créditos y cuentas bancarias que se tienen. Así, en caso de faltar, esa persona conocerá la situación y sabrá actuar en consecuencia.
Por ejemplo, un paso importante a considerar puede ser verificar cuáles de tus créditos actuales cuentan con seguro de vida; esto para que, en caso de partir, sepas que las deudas se cubrirán automáticamente con el seguro, y solo se tendrá que dar parte del fallecimiento para dejar sin cargas a tu familia.
Incluso, no dejes a la ligera la posibilidad de contratar un seguro de vida que pueda respaldar a tu familia en caso de que faltes.
En ese sentido, también resulta importante verificar a quiénes dejas como beneficiarios en los distintos productos contratados que tienes. Recuerda que en caso de cuentas bancarias en los que se tenga ahorro, los beneficiarios podrán retirar el monto que se tenga disponible.