Desde que se decretó el estado de alarma y España se declaró confinada en sus casas, un sinfín de empleados han visto peligrar su puesto de trabajo. La cifra de desempleados en el mes de abril es de 3.830.203 personas, casi 670.000 más que el año pasado. Además, desde marzo, numerosas empresas han recurrido al ERTE por inactividad de la empresa, lo que está provocando un retraso en el pago por parte del Estado. La consecuencia de todo ello es que muchas familia llevan semanas sin obtener ningún tipo de ingreso y tengan que recurrir a ayudas financieras a causa del coronavirus.
Si estás viendo peligrar tu bienestar financiero, mantente bien informado porque puedes acogerte a las siguientes excepciones:
Vivienda
Podrán solicitar el aplazamiento de hipoteca todos aquellos que estén en situación de desempleo y ERTE por causa del coronavirus o si, a raíz de la pandemia, la carga hipotecaria que recae sobre los ingresos de una familia se ha multiplicado, al menos, por 1,3. Este aplazamiento consistirá en la prórroga del pago de una cuota mensual, hasta que el Gobierno avise de una nueva ampliación.
Este aplazamiento se puede hacer efectivo en el banco y es necesario presentar el libro de familia, el DNI o pasaporte, el título de propiedad de la vivienda y el certificado de estar desempleado o bajo un ERTE. Esta moratoria solo aplica para la vivienda habitual.
En cuanto a los alquileres, se podrá aplazar el pago de la mensualidad siempre que el casero sea una entidad pública, una empresa o un gran “tenedor” de viviendas y el solicitante se encuentre en situación de vulnerabilidad. Se podrá escoger entre dos alternativas: pagar la mitad del alquiler mientras dure el estado de alarma o aplazar el pago completo de la mensualidad hasta un máximo de 4 meses.
Si el casero no aceptase el trato, podrá acudir a las ayudas públicas para pagar el alquiler, que financian un máximo de 900 euros del pago durante seis meses.
Por último, cabe recordar que, debido al cierre de los juzgados, los procedimientos de desahucios se encuentran suspendidos hasta que se levante el estado de alarma.
Suministros del hogar
Durante el tiempo que dure el estado de alarma, queda suspendido el corte suministros de agua, luz, gas, internet y datos móviles a unidades familiares vulnerables en viviendas habituales. Pero esta situación no exime el pago de las facturas tanto en curso como pendientes.
Aquellas personas que sean beneficiarias del bono social, por el que se hace un descuento en la factura de la luz, y que se vaya a caducar su vigencia, pueden disfrutar de una prórroga hasta el 15 de septiembre de 2020. Si desea solicitarlo, puede hacerlo poniéndose en contacto con alguna de las comercializadoras de referencia.
Empleos por cuenta ajena
El confinamiento derivado del coronavirus está haciendo que los trabajadores con hijos tengan dificultades a la hora de conciliar la vida laboral y familiar, tanto para aquellos que tienen que acudir a su puesto de trabajo y sus hijos no tienen escuela como para los que tratan de teletrabajar con sus hijos cerca.
En caso de que haya que hacerse cargo de los hijos o personas mayores, el trabajador no podrá recibir su salario los días que no pueda ir a trabajar, pero podrán solicitar la adaptación de su jornada o reducción de la misma, que debe ser aceptada obligatoriamente por el empresario.
Aquellos trabajadores cuya actividad se considera no esencial, pero que el Gobierno decidió pausar del 30 de marzo al 9 de abril, podrán disfrutar del permiso retribuido recuperable, que significa que recibirán el sueldo correspondiente a los días no trabajados, pero deberán recuperar esas horas.
Ingreso mínimo vital
Según el Ministro de Seguridad Social, se negociará en la primera quincena de mayo el nuevo ingreso mínimo vital para las familias más vulnerables. Las condiciones de esta medida están todavía por aprobar, pero se tendrán en cuenta, al menos, los ingresos y el patrimonio y tendrán una especial atención las familias con hijos y las monoparentales con el objetivo de atajar la pobreza infantil.