Una deuda es una obligación que se adquiere al momento de solicitar algún tipo de préstamo a alguien, persona física o moral, la cuál se debe pagar, satisfacer o bien reintegrar. Una deuda dineraria generalmente se obtiene cuando no se tiene la liquidez ya sea por falta de empleo, escasez de dinero o bien porque las deudas rebasan vuestro salario.
Existen principalmente cuatro tipos de deudas:
- Las Deudas Garantizadas; estas hacen referencia principalmente a deudas hipotecarias, en las cuales la propiedad es la misma garantía en dado caso de que no se realice el pago del préstamo la empresa o entidad bancaria procederán a tomar el bien como el pago de la misma.
- Las Deudas No Garantizadas; este tipo de deudas, al no contar con una garantía como tal, en caso de no realizar el pago, además de los intereses, la empresa o entidad bancaria tienen el derecho de proceder legalmente para el reclamo del mismo.
- Deuda Mala; estas hacen referencia a las deudas que se adquieren para algún lujo o deseo en el cuál no se generan ganancias y sí deudas.
- Deuda Buena; a diferencia de las anteriores este tipo de deuda se genera con el fin de realizar una inversión que dejará rendimientos para poder solventar el pago de la misma.
Cuando se busca realizar el pago de las deudas que se tienen pero no se tiene la liquidez para hacerlo, lo común es acudir al banco para encontrar alguna solución. Sin embargo, las entidades financieras ofrecen 3 soluciones que únicamente generan más deudas. En primer lugar, ofrecerán refinanciar deudas, con esto se consigue pagar una menor cuota mensual; sin embargo el plazo para pagar la deuda será mucho más largo y en general los intereses serán aún mayores a los que se tienen con la deuda actual.
Otra alternativa que ofrecerá el banco será contratar un nuevo préstamo para poder pagar el anterior. Finalmente y como última alternativa dirán que pagues lo que puedas, con esto el banco conseguirá que pagues la cantidad que sea posible para no proceder legalmente, sin embargo te enganchará ya que aún debes el pago de la deuda más los intereses que hayas generado.
Lo más recomendable cuando se está en una situación complicada con las deudas y no se puede afrontar el pago es recurrir a un acuerdo extrajudicial de pagos o a un convenio para llegar a un acuerdo con los acreedores para poder conseguir que la deuda actual no continúe incrementando. Incluso se puede llegar a pactar pagar el 50% de la deuda o que esta sea aplazada por años, sin embargo este tipo de acuerdos es muy difícil conseguirlos si no lleva un procedimiento judicial
Soluciones para el pago de deudas
Como ya os hemos mencionado existen diversas alternativas para poder solventar el pago de deudas, aunque la opción más recomendable es llegar a un acuerdo extrajudicial, existen otras alternativas las cuáles mencionaremos a continuación.
Una de las alternativas que puedes considerar es la renegociación de la deuda. Con esto se buscará llegar a un acuerdo para evitar caer en impago y que el acreedor continúe con su derecho de reclamar el pago. Asimismo, se busca acoplar la deuda a la nueva situación financiera sin necesidad de recurrir a un nuevo préstamo. Con la renegociación de la deuda se espera, en concreto, establecer una de dos soluciones: la quita que es un acuerdo que se llega entre las partes involucradas del préstamo en la que el acreedor otorga un descuento de hasta el 95% de la deuda con el fin de que esta pueda ser saldada; o la espera, por su parte, es aplazar el tiempo para retrasar la aplicación de cualquier acción por impago.
Otra de las alternativas es la condonación de la deuda. Esta alternativa es una acción jurídica en la cuál el acreedor aplica una exoneración parcial o total de la deuda. Este hecho se realiza de manera voluntaria y sin que implique algún otro requerimiento.
Existe otra alternativa en la cuál el pago en lugar de realizarse directamente, se paga en especie con algún bien o inmueble que se tenga. Esta opción es conocida en el mundo de la economía como Adjudicación en Pago, esto permite al deudor subsanar su préstamo sin que se le cobren intereses de mora o se emitan nuevos cobros por el compromiso original. Para poder realizar este procedimiento existen algunos requisitos que se deben de cumplir:
- El bien inmueble debe estar libre de cargas o la posibilidad de embargo.
- El pago mensual de la hipoteca tiene que ser mayor al 60% de los ingresos percibidos por el grupo familiar.
- La vivienda que se ofrece dentro de la adjudicación en pago debe ser el espacio habitual de vivienda de la familia.
- El grupo familiar no puede contar con otra vivienda.
- Además, el grupo familiar debe estar desempleado y no contar con los medios suficientes que le permitan afrontar la deuda.
Finalmente y como una de las mejores alternativas es recurrir a la Ley de la Segunda Oportunidad, esta Ley permite que una persona sobreendeudada pueda renegociar sus deudas, o cancelarlas directamente si la negociación no llega a buen puerto.